Piezas indexadas bajo la voz «Sustento territorial».
Boletín, edición N° 2. Dos cargas definen el litigio fiscal y septiembre movió las dos. La de probar: la Corte nacional les exigió a los municipios demostrar el servicio que cobran y su costo, y la Corte de Tucumán le exigió al agente de retención probar que el contribuyente pagó. La de llegar a tiempo: el Tribunal Fiscal aplicó a las multas un plazo de prescripción que la Corte provincial no aplica en los apremios, y la DGR amplió a un año la permanencia de los actos en el domicilio fiscal electrónico sin mover el plazo para impugnarlos. Además, el nuevo mapa del litigio, las normas de septiembre y la nueva prórroga de la moratoria hasta el 30 de octubre.
El 27 de agosto de 2026 la CSJN dictó una cautelar contra las retenciones y percepciones que Misiones practicaba sobre actividad ajena a su territorio. No es un fallo de fondo, pero lleva el criterio de sustento territorial a la recaudación anticipada. Cómo se compara con la reglamentación tucumana.